Mensaje de error

Notice: unserialize(): Error at offset 95 of 100 bytes en _menu_link_translate() (línea 883 de /home/webcucs/htdocs/drudg7/includes/menu.inc).

Conversan expertos sobre las consideraciones éticas en la investigación en salud

Hacen recomendaciones para evitar errores y omisiones en el apartado de consideraciones éticas

Porque no es suficiente que en el apartado de consideraciones éticas de los proyectos de investigación se enuncie que ésta se apega a la Declaración de Helsinki; a la Ley General de Salud en su capítulo de Investigación; que se asegure que fue sometida al Comité de Ética de la institución donde se realiza y que se que protege la confidencialidad de los participantes, el Comité de Ética en Investigación del Centro Universitario de Ciencias de la Salud (CUCS) hace una serie de recomendaciones para no caer en errores y omisiones que puedan cuestionar sus resultados.

Para ello, la Coordinación de Investigación del CUCS, el Comité de Ética en Investigación y la Academia de Bioética y Legislación, organizaron el Conversatorio “Cómo redactar un apartado de consideraciones éticas y no morir en el intento”.

La presidenta del Comité de Ética en Investigación del CUCS, Dra. Irene Córdova Jiménez, lamentó que esta práctica se hace sin tomar en cuenta las implicaciones de someter el proyecto a revisión por el Comité de Ética. Además de que, aunque lo mencionan, no están haciendo lo conducente para la protección de la confidencialidad de los participantes.

Ante estas omisiones, recomendó leer, conocer y estar conscientes de los apartados de la declaración de Helsinki, la cual debe considerarse como un todo y no sólo basarse en fragmentos de ésta, además de utilizar la versión más actualizada, la cual fue editada por última vez en La Fortaleza, Brasil en el año 2013.

Se requiere así mismo, utilizar otras fuentes bibliográficas avaladas por la Organización Internacional para las Ciencias Médicas como el documento “Pautas Éticas Internacionales para la Investigación Relacionada con los Seres Humanos”. Además de consultar otros referentes de carácter ético según la investigación que se vaya a realizar, como los protocolos con menores de 18 años, embarazadas, etc.

Aclara que una ventaja de las Pautas Éticas Internacionales es que están hechas para todo tipo de investigación en salud realizada en humanos, mientras que la declaración de Helsinki está dirigida exclusivamente a los médicos que realizan investigación con seres humanos.

La también Secretaria Técnica de la Comisión Internacional de Bioética, recomendó a los investigadores autoconcebirse como agentes morales, toda vez que deben velar por el bienestar y el respeto a los derechos de los participantes en una investigación, los cuales deben estar por encima de la ciencia. Esto, además de estipular la justificación ética, social y científica de la investigación buscando el bienestar de los sujetos participantes.

Recomendó que si bien todos los participantes en la investigación pueden obtener un beneficio directo de ésta, no debe ser un beneficio “exagerado” que provoque en los participantes una decisión precipitada por un pago económico o de otro tipo. Este debe ser proporcional a los riesgos físicos, psicológicos o sociales. “La retribución económica no debe considerarse  como beneficio directo y sí ponderar la ganancia del conocimiento científico que tendrá la investigación en la sociedad”.

Al participar en el Conversatorio, la Doctora Rocío Preciado González integrante del Comité de Ética en Investigación de este Centro Universitario, refirió que la selección de los participantes del protocolo de Investigación debe ser neutra, es decir el investigador no debe reclutar a personas allegadas a él, debido a que se encontraría en una posición de autoridad con los participantes, lo que los se pueden sentir obligados o presionados a participar.

Hizo énfasis en que la población participante debe ser seleccionada según criterios científicos y no por comodidad para el investigador, al tiempo que se tiene que comparar los posibles beneficios que obtendrá la población o los participantes a estudiar y así lograr beneficios para comunidades que no han sido consideradas, en vez de saturar de estudios sobre las mismas comunidades, para lograr que sea más equitativo y/o representativo.

Añadió que se debe de elaborar un consentimiento informado diferente según el grupo de edad de los participantes de la investigación (mayores de edad o menores de edad), este consentimiento debe ser entendible y claro para personas con educación básica.  También aclara que debe describirse cómo se protegerán los datos personales de los participantes basándose en la Ley General de Protección de Datos Personales.

Otro de los puntos principales es que una investigación puede tener conflictos de interés, pero deben de aclararse y buscar una manera de minimizarlos o controlarlos.

A t e n t a m e n t e

“Piensa y Trabaja”

Guadalajara, Jal., a 07 de Noviembre de 2019

 

Texto: Natalia Barajas Morán y Nelda Judith Anzar

Fotografía: Fryda Villa Alejandre